Nuestras Redes

CDMX

“Lastimoso y vergonzoso”, así calificó AMLO el feminicidio de Ariadna

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- El Presidente Andrés Manuel López Obrador calificó el caso de Ariadna como “lastimoso y vergonzoso”, pues la manera en que dieron a conocer el feminicidio no fue adecuado.

“Fue un feminicidio evidente, lastimoso y vergonzoso por la forma en que se dio a conocer y entonces la Procuraduría de Morelos declara que había muerto de asfixia y la Procuraduría de la CDMX sostiene que fue golpeada, que fue asesinada”, señaló el jefe del Ejecutivo.

López Obrador indicó que todos los feminicidios y asesinatos son reprobables, no debe haber omisión a complicidad entre delincuentes y autoridades, pues “no es para que se esté tratando de proteger a los que posiblemente estén involucrados en ese caso”.

“Siempre se envían informes a la Fiscalía, la instrucción es esa, no se permite la impunidad para nadie, en el caso del feminicidio al que haces referencia es de dominio público que tenía que intervenir la procuraduría de la Ciudad de México como lo está haciendo”, resaltó el mandatario federal.

Cabe recordar que el cuerpo de Ariadna Fernanda fue localizado en la carretera La Pera-Cuautla, dos días después de haber sido reportada como desaparecida.

Por este caso detuvieron y vincularon a proceso a Vanessa “N” y Rautel “N”, presuntos responsables del feminicidio de la joven de 27 años.

TE RECOMENDAMOS LEER:

Procesan a Rautel “N” por el presunto feminicidio de Ariadna Fernanda

EJR

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram

CDMX

Proponen que se paguen 20 días de aguinaldo y no 15

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- En la Cámara de Diputados, la bancada de Morena presentó una reforma a la Ley Federal del Trabajo en la que piden incrementar el aguinaldo, pasando de 15 a 20 días pagados.

Argumentaron que desde 1973 la LFT en el apartado de aguinaldo no ha sido modificada, es decir, lleva 50 años intacta, por lo que los diputados sentenciaron que este año podría ser discutida y analizada la propuesta, misma que aplicaría para todos los trabajadores mexicanos.

“Actualmente, el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece un pago mínimo equivalente a 15 días de salario, por lo que el aguinaldo surge como una prestación obligatoria que se brinda a este sector del país”, mencionó la diputada Lidia García.

Asimismo, la ley establece que esta prestación debe cubrirse antes del 20 de diciembre y el pago de los 15 días es válido para los trabajadores que tengan un año de antigüedad y para los que no cumplieron dicho periodo tienen derecho a recibir una parte proporcional del mismo.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuera este”, establece la ley en el artículo 87.

Los diputados explicaron que esta medida fue lanzada con el fin de mitigar la desigualdad y erradicar el problema de inflación, así como también liberar las deudas de las familias, pues el pago del aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas por los trabajadores.

Hasta el momento las comisiones de la Cámara de Senadores no han informado si ya recibieron el proyecto, sin embargo, se espera que las próximas sesiones la reforma sea discutida.

Cabe recordar que hay otra reforma en materia de aguinaldo que está pendiente por resolver, en esta se busca que el pago de la prestación pase de 15 a 30 días de sueldo, misma que hace dos meses se aprobó en la Comisión del Trabajo del Senado de la República.

TE RECOMENDAMOS LEER:

Senado aprueba 1er. paso para duplicar aguinaldo en México

EJR

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram
Continuar Leyendo

CDMX

Aprueban diputados ley que prohíbe movilidad en motocicletas a menores de 12 años

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Este miércoles 1 de mayo se dio a conocer que en la Cámara de Diputados aprobaron una ley que salvaguarda la integridad física de los menores de edad, se trata de una prohibición de movilidad en motocicleta.

Los diputados aprobaron modificar un apartado de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial para prohibir que menores de 12 años sean transportados a bordo de motocicletas, pues en muchas ocasiones son víctimas de accidentes.

Con 409 votos a favor, 25 en contra y cero abstenciones, los diputados aprobaron la iniciativa que prohíbe a los menores de 12 años movilizarse en motocicletas, siendo efectiva siempre y cuando el infante no logre sujetarse por sí mismo o le sea imposible colocar sus pies en los estribos de la unidad.

Cabe recordar que esta ley ya es aplicable en el Estado de México y Ciudad de México, donde las personas son multadas si llegan a incumplir esta ley. En caso de que el proyecto sea avalado por el Pleno del Senado, esta se aplicará a nivel nacional.

“El presente dictamen tiene como objetivo regular la prohibición de viajar a menores de 12 años en motocicletas, como una medida para garantizar las condiciones de seguridad vial, la prevención de accidentes y en su caso, prevención de pérdidas humanas”, indica la ley.

Para la Ciudad de México se cobra una multa de hasta 2 mil 171 pesos y tres puntos en la licencia de conducir si transportan a un menor de edad que no pueda sujetarse por sí mismo.

En el Estado de México la sanción es de 2 mil 171 pesos para los adultos que lleven a bordo de una moto a menores de 12 años. Además, las personas que utilicen dicho medio de transporte deben portar el equipo de protección como casco, guantes, botas y en caso de ser necesario una chaqueta de cuero o material resistente, para cuando se sale a carretera.

TE RECOMENDAMOS LEER:

Choque entre dos motocicletas, quienes viajaban en ambas unidades resultaron con raspones

EJR

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram
Continuar Leyendo

CDMX

Prevalece Fase 1 de la Contingencia Ambiental del Valle de México

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Con el objetivo de proteger la salud de la población, la Comisión Ambiental de la Megalópolis mantuvo para este miércoles 1 de mayo, la contingencia ambiental por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México y sus medidas.

Fue a través de un comunicado emitido al filo de las 10:00 horas de este día, que la CAMe recordó a la población mantenerse informados sobre la calidad del aire, pidiendo evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, esto en un espacio de tiempo de entre las 13:00 horas y las 19:00 horas.

De acuerdo al Sistema Monitoreo de la Calidad del Aire de la Ciudad de México, un sistema de alta presión continúa con su influencia sobre el ZMVM.

Este panorama genera un ambiente seco y cielo despejado con intensa radiación solar, pronosticándose una temperatura máxima promedio entre 29 a 30 grados Celsius.

Asimismo, autoridades esperan que, a primeras horas de la tarde, el viento sea de dirección variable, propiciando estancamiento de contaminantes, por lo que se estima que la calidad del aire sea de Mala a Muy Mala.

“Se recuerdan las restricciones y exenciones a la circulación en el Sector Transporte”, se destacó en la última actualización.

En este sentido, será al día de hoy en punto de las 15:00 horas, que la Comisión Ambiental de la Megalópolis emitirá un boletín informando sobre la calidad del aire y la evolución de las condiciones meteorológicas prevalecientes en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Cabe señalar que, para este 1 de mayo, se deberá suspender la circulación de un horario de entre las 5:00 a las 22: 00 horas.

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación  1, cuyo último  dígito numérico sea  1, 3, 4, 5, 7 y 9.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa  3 y 4.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o     con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I

TE RECOMENDAMOS LEER:

Activan contingencia ambiental en el Valle de México; mañana habrá doble no circula

MASH

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram
Continuar Leyendo

Tendencia