CDMX
Megagranizada pinta de blanco calles de la CDMX
Ciudad de México. (Vanguardia de Veracruz).- Una fuerte lluvia acompañada de granizo sorprendió a los capitalinos la tarde-noche de este viernes 30 de agosto. Cabe mencionar que las calles de la alcaldía Álvaro Obregón en la Ciudad de México se cubrieron de blanco tras la intensa granizada que afectó el poniente de la capital.
Este fenómeno meteorológico causó que bomberos y personal de Protección Civil trabajaran arduamente para despejar las vialidades y las entradas a las viviendas. También se reportó un incidente significativo: la caída de un árbol sobre un camión del transporte público.
Además, hubo caída de aguanieve en Colinas del Sur, donde las calles afectadas incluyeron Calzada de los Corceles y Calzada de las Águilas, donde el granizo cubrió las superficies y causó problemas en la movilidad de la zona.
Frente a un edificio de departamentos marcado con el número 1810, la entrada quedó completamente cubierta de granizo. Los servicios de emergencia acudieron al lugar y comenzaron a retirar los escombros con palas. Mientras tanto, los vecinos aprovecharon el evento inusual para tomarse fotos y disfrutar del granizo, que se asemejaba a nieve.
En las calles cercanas, la acumulación de agua provocó inundaciones que alcanzaron hasta 40 metros de largo y casi un metro de altura. En respuesta a la situación, agentes de tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) implementaron un dispositivo de movilidad para manejar el tráfico y minimizar el impacto en los desplazamientos.
Un incidente adicional se registró en la Calzada Desierto de los Leones, donde un árbol colapsó sobre un camión del transporte público. Afortunadamente, el conductor del camión resultó ileso, pero el hecho destacó la gravedad de las condiciones meteorológicas en la zona. Personal de emergencia llegó rápidamente para asistir en la remoción del árbol y garantizar la seguridad del área.
Ante estas condiciones adversas, la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC) emitió una alerta amarilla para las 16 alcaldías de la capital. En sus redes sociales, advirtieron que las lluvias fuertes podrían continuar causando afectaciones durante la tarde y noche del viernes, con precipitaciones estimadas entre 15 y 29 milímetros.
Qué tal la granizada en #ColinadelSur en #AlvaroObregon Asi estamos pic.twitter.com/M2h1Ox5ZB1
— Cristina Arias Yelin X (@crisayelin) August 30, 2024
⚠️Servicios de emergencia se dirigen a trabajar por encharcamiento sobre Opichen y Bekal, colonia Lomas de Padierna, @TlalpanAl.
?Espejo 20 m, tirante 30 cm.#TrabajandoJuntos #OperativoLluvias2024 #911CDMX #C5conConfianza@SGIRPC_CDMX@SacmexCDMX pic.twitter.com/kwQcJjeuFr
— C5 CDMX (@C5_CDMX) August 31, 2024
?️ Servicios de emergencia atienden encharcamiento por intensa lluvia sobre Avenida Gandhi y Paseo de la Reforma en la @AlcaldiaMHmx pic.twitter.com/UFrOcAi9hz
— adn40 (@adn40) August 31, 2024
Se activa Alerta Amarilla por pronóstico de lluvias fuertes para la tarde y noche de este viernes 30/08/2024 en todas las demarcaciones de la Ciudad de México.#LaPrevenciónEsNuestraFuerza pic.twitter.com/cdzhsa9rig
— Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y PC (@SGIRPC_CDMX) August 30, 2024
⛈️ Las calles de la alcaldía Álvaro Obregón se pintaron de blanco tras la intensa caída de granizo en el poniente de la CDMX.
??? Bomberos y protección civil trabajaron para liberar vialidades y entradas a casas. Además, un árbol cayó sobre un automóvil en la calzada Desierto de… pic.twitter.com/D1E5ZyorHS
— El Universal (@El_Universal_Mx) August 31, 2024
Las #lluvias que se registran en la Ciudad de México pueden causar afectaciones; mantente informado y atiende las recomendaciones.
Coordinamos esfuerzos para atender cualquier eventualidad. @SacmexCDMX @C5_CDMX @Bomberos_CDMX #TrabajandoJuntos #OperativoLluvias2024 #JefeTláloc…
— Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y PC (@SGIRPC_CDMX) August 31, 2024
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Avanza negociaciones del TMEC México- Estados Unidos-Canadá
Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Con importantes avances la Secretaría de Economía de México y la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos llevaron a cabo la segunda ronda de negociaciones bilaterales relacionadas con la Revisión Conjunta del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) del 15 al 17 de junio de 2026, en Washington, D.C.
Cabe recordar que Donald Trump, presidente de Estados Unidos, declaró recientemente que a su país le va mucho mejor sin el T-MEC, a pesar de ello, las pláticas y los acuerdos continúan.
Este jueves 18 de junio, el secretario de Economía de México, Marcelo Ebrard, y el representante Comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, se reunieron para discutir la Revisión Conjunta y las relaciones comerciales bilaterales.
Durante esta ronda, los equipos de México y Estados Unidos avanzaron en:
- Las conversaciones sobre reglas de origen para ciertos bienes industriales y seguridad económica
- Iniciaron las discusiones conceptuales sobre agricultura, trabajo y medio ambiente.
- Asimismo, abordaron el comercio de acero, aluminio y automóviles.
Las negociaciones se centraron en garantizar que el acuerdo beneficie a las economías de México y Estados Unidos, y que los beneficios del mismo recaigan principalmente en las partes firmantes.
Asimismo, México y Estados Unidos acordaron apoyar el establecimiento de un comité para revisar la implementación del Capítulo 12 (Anexos Sectoriales) del TMEC, que tienen el objetivo de mejorar la compatibilidad regulatoria.
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Caso ABC de Sonora no prescribe, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Confirma Tribunal libertad a Israel Vallarta, tras la apelación de la FGR
Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Confirma el Primer Tribunal Colegiado de Apelación la libertad de Israel Vallarta, señalado de un presunto secuestro y detenido el 8 de diciembre de en 2005, y que tras casi 20 años de no poder demostrar su responsabilidad en el caso fue dejado en libertad el 1 de agosto de 2025.
La revisión del caso tras su liberación, la realizó la Fiscalía General de la República, en ese momento teniendo al frente a Alejandro Gertz Manero, quien dijo que esa era una “obligación moral, ética y jurídica” para atender a 6 víctimas por el delito de secuestro, “y esas personas no pueden quedar en estado de indefensión”, sostuvo el 12 de agosto de 2025, luego de la liberación de Israel Vallarta.
La revisión solicitada en esas fechas ya tuvo respuesta y es justamente que el tribunal confirmó por unanimidad la sentencia absolutoria, es decir, queda libre de toda culpabilidad.
Israel Vallarta y Florence Cassez, fueron detenidos el 8 de diciembre de 2005, en el rancho Las Chinita, en la Ciudad de México, se les señalaba como presuntos integrantes de una banda de secuestradores denominada “Los Zodiaco”.
Pero el día 9 de diciembre, de ese mismo año, se dijo que apenas habían sido detenidos y se realizó una recreación programada por la Agencia Federal de Investigación (AFI), como si en ese momento los estuvieran aprehendiendo.
La AFI en ese entonces estaba a cargo del exsecretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, preso actualmente en Estados Unidos.
A partir de ahí se dio una serie de situaciones diplomáticas y de defensa, ya que Florence Cassez, es de nacionalidad francesa, y ante las presiones y por la forma en que se dio la detención, logró que la dejaran en libertad el 23 de enero de 2013, es decir poco más de 7 años; luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que hubo graves violaciones al debido proceso, entre ellas un montaje de los hechos que fue transmitido por televisión.
Mientras tanto, Israel Vallarta continuó detenido sin que se le pudiera comprobar los hechos y finalmente el 1 de agosto de 2025 salió de la prisión.
La FGR apeló dicha determinación, pero esta no prosperó y con ello se cierra el caso.
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Caso ABC de Sonora no prescribe, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ciudad de México. (Vanguardia de Veracruz).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un asunto relacionado con el incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 en una guardería del esquema vecinal comunitario del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en Hermosillo, en el estado de Sonora, donde perdieron la vida 49 niñas y niños y muchas otras personas resultaron lesionadas.
Por estos hechos, una persona fue vinculada a proceso por su probable participación en los delitos de homicidio y lesiones culposas, ambos previstos en el Código Penal Federal.
Lo anterior, por las presuntas omisiones en el ejercicio de sus funciones en virtud del cargo que ejercía y la inobservancia de un deber de cuidado.
Inconforme con esa determinación, la persona imputada promovió un juicio de amparo y después, un recurso de revisión, en donde argumentó que, al tratarse de delitos culposos (por imprudencia o sin intención de provocarlo), estos ya habían prescrito.
Al resolver, el máximo tribunal reconoció que la acción penal ejercida en contra de la persona por dichos delitos, en la modalidad de comisión por omisión, es imprescriptible.
Al respecto, el derecho internacional, la jurisprudencia interamericana y esta Suprema Corte han reconocido que, cuando los hechos constituyen graves violaciones a los derechos humanos, la acción penal no debe extinguirse por el paso del tiempo, sin que resulte determinante si la conducta fue dolosa o culposa, por acción u omisión, pues lo relevante es la magnitud de los daños causados y sus repercusiones, a fin de garantizar el derecho de las víctimas y de sus familiares a la reparación del daño, combatir la impunidad, evitar la repetición de los hechos y el olvido por parte de la sociedad de los eventos delictivos.
En ese sentido, el Pleno determinó que los hechos ocurridos en la Guardería ABC constituyen graves violaciones a los derechos humanos, al haber vulnerado los derechos a la vida, a la salud, a la integridad física y emocional de las niñas y niños.
Además, esta clasificación ya había sido analizada así por la Facultad de Investigación 1/2009 de la propia Suprema Corte, así como por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, quienes concluyeron que el incendio derivó de múltiples omisiones atribuibles a diversas autoridades del Estado, con afectaciones graves a los derechos de las víctimas.
Por último, la SCJN devolvió el asunto para que el tribunal colegiado analice lo referente a la legalidad del auto de vinculación a proceso y la responsabilidad penal de la persona imputada, teniendo en consideración la imprescriptibilidad de los delitos.
Amparo en Revisión 648/2024. Resuelto en sesión de Pleno el 18 de junio de 2026.
- Se determina que la sola presentación formal de una demanda judicial no basta, por sí misma, para interrumpir el plazo de prescripción de una acción en un juicio hipotecario:
El máximo tribunal resolvió un asunto que surgió a partir de un crédito con garantía hipotecaria firmado en 1994 entre dos personas y un banco. En 2012 se promovió un primer juicio especial hipotecario para reclamar el pago de la deuda, sin embargo, después de varios años de litigio, recursos y juicios de amparo, los tribunales concluyeron que quien había promovido esa demanda no tenía legitimación para reclamar el crédito.
Años después, en 2022, quien sí se consideró titular del crédito presentó un nuevo juicio hipotecario. En respuesta, la parte demandada sostuvo que el derecho para reclamar el pago ya había prescrito.
La controversia llegó al juicio de amparo, donde el tribunal colegiado resolvió que la primera demanda sí había interrumpido la prescripción porque el juicio hipotecario previo no fue desechado de plano ni concluido por una irregularidad meramente procesal, sino que tuvo una prolongada secuela, con recursos, juicio de amparo y diversos pronunciamientos jurisdiccionales, por lo cual se condenó a la parte demandada al pago del crédito. Ante dicha decisión, se interpusieron diversos recursos de revisión que llegaron a la Suprema Corte.
El Pleno resolvió que el tribunal colegiado realizó una interpretación constitucional incorrecta del derecho de acceso a la justicia, ya que la presentación formal de una demanda no basta por sí sola para que se detenga el plazo de prescripción, pues para que eso ocurra, la demanda debe haber sido promovida por quien realmente tiene el derecho de reclamar.
Este criterio confunde la simple intención de demandar, con el ejercicio válido de la acción, pues una demanda promovida por quien no tenía aptitud jurídica para reclamar el derecho no puede interrumpir la prescripción.
Bajo esa lógica, la Corte advirtió que, de aceptarse el criterio del tribunal colegiado, cualquier persona podría presentar una demanda sin tener derecho para ello y, con ese solo hecho, impedir que el plazo de prescripción siguiera corriendo. Esto generaría incertidumbre jurídica y dejaría sin efecto la finalidad de la prescripción, que es dar certeza sobre el tiempo durante el cual un derecho puede reclamarse.
Por ello, el máximo tribunal revocó la sentencia y concluyó que una demanda promovida por quien carece de legitimación para reclamar un crédito no interrumpe el plazo de prescripción.
Amparo Directo en Revisión 1626/2026. Resuelto en sesión de Pleno el 18 de junio de 2026.
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