Nuestras Redes

CDMX

EE.UU. pide no viajar a seis estados de México por violencia

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Ciudadanos de Estados Unidos deben evitar viajar a Colima, Michoacán, Guerrero, Zacatecas, Tamaulipas y Sinaloa, por la violencia e inseguridad que prevalece en dichos estados del país, así lo recomendó el embajador de Estados Unidos en México, Ken Salazar.

El funcionario detalló que, el Departamento de Estado solicita a los ciudadanos no visitar dichas entidades, puesto que se debe garantizar su seguridad.

Asimismo, aseguró que Estados Unidos seguirá trabajando con los socios y amigos de México, con el objetivo de construir un futuro pacífico.

“Juntos podremos forjar un futuro más próspero y seguro para los pueblos de América del Norte”, mencionó Salazar.

Lo anterior se debe a los recientes hechos violentos que ocurrieron en diversas entidades de México, como quema de vehículos, comercios y narcobloqueos.

TE RECOMENDAMOS LEER:

Defiende AMLO su estrategia de seguridad “abrazos, no balazos”

KLCT

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram

CDMX

Ordenan a SRE no desconocer actas de nacimiento extemporáneas

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) está obligada a no desconocer las actas de nacimiento de personas que se registraron tres años, o más, después de su nacimiento, y a no exigir documentos adicionales de identidad para tramitar su pasaporte, esto después de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitiera un amparo.

Este proyecto, presentado por el ministro Javier Laynez Potisek, fue aprobado con tres votos a favor y uno en contra, e invalida los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y Documentos de Identidad y Viaje relacionados con las actas de nacimiento extemporáneas.

Cabe mencionar que el caso que desencadenó esta resolución se remonta al nacimiento de una persona el 26 de agosto de 1950, pero cuyo registro en el Registro Civil de Allende, Guanajuato, tuvo lugar el 9 de mayo de 2008 con la ayuda de un tercero.

Lo anterior resultó en la omisión de los nombres de los padres biológicos en el documento, sin embargo, al intentar tramitar su pasaporte la persona se encontró con la negativa de la SRE debido a la extemporaneidad de su acta de nacimiento y la ausencia de los nombres de sus progenitores.

Ante ello, se le solicitó una serie de documentos adicionales, como una copia certificada del acta de matrimonio de sus padres y del acta de nacimiento de su hermano mayor, lo que llevó a interponer un amparo que finalmente llegó a la SCJN.

En la resolución emitida se establece que presentar un acta de nacimiento extemporánea no constituye una irregularidad equiparable a problemas documentales. Incluso se considera injusto perjudicar a toda una población cuyos registros de nacimiento se llevaron a cabo de manera tardía, basándose únicamente en la posibilidad de casos aislados de irregularidad.

Por lo anterior la SRE ha sido instruida a reconocer las características del acta de nacimiento conforme a lo establecido en la Ley de Nacionalidad. Recordemos que este documento es fundamental para probar la nacionalidad mexicana de una persona. Por lo que imponer requisitos adicionales para demostrar su identidad a raíz de un registro tardío se considera inconstitucional.

TE RECOMENDAMOS LEER:

Senadores aprueban reforma a la Ley de Amparo

ZMOM

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram
Continuar Leyendo

CDMX

Magistrados avalan la candidatura de Ricardo Anaya al Senado de la República

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Este miércoles, el Tribunal Electoral dio el aval para la candidatura de Ricardo Anaya al Senado de la República, por lo que el excandidato presidencial podrá aparecer en el tercer lugar de la lista plurinominal del PAN.

Cabe mencionar que fue el partido Morena el que impugnó la candidatura del político, esto al considerar que era “prófugo de la justicia y materialmente no podría asumir el cargo para el que fue postulado”.

No obstante, en sesión pública presencial, la Sala Superior determinó que no se acreditó la existencia de una orden de aprehensión girada en contra de Anaya, quien perdió con López Obrador en las elecciones de 2018.

Asimismo, también se indicó que el candidato no se encuentre sustraído de la acción de la justicia, por tanto, el pleno consideró que Ricardo Anaya Cortés no se encuentra suspendido en el ejercicio de sus derechos políticos, en términos del artículo 38, fracción V, de la Constitución federal, motivo por el cual se confirmó el registro de su candidatura.

En consecuencia, se confirmó el acuerdo en lo que fue materia de impugnación (SUP-RAP-108/2024).

TE RECOMENDAMOS LEER:

Senadores aprueban reforma a la Ley de Amparo

ZMOM

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram
Continuar Leyendo

CDMX

Alerta Cofepris por falsificación de rellenador labial

Publicado

-

Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Este miércoles 17 de abril, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió una alerta a la población sobre la falsificación y comercialización ilegal de un dispositivo médico utilizado para procedimientos estéticos de relleno labial.

A través de un comunicado se indicó que el producto es Restylane Kysse, y la institución indicó que la empresa titular del registro sanitario notificó a esta autoridad que el producto falsificado presenta varias anomalías, entre ellas las siguientes:

“La caja muestra el número de lote 16787-9 y fecha de caducidad 2026-01-10; errores ortográficos; además, ostenta sello de originalidad y código QR falsos. Asimismo, la jeringa tiene tamaño menor al original y el empaque que la resguarda señala el lote 14482-1 y carece de fecha de caducidad”, detalla la misiva.

Por lo anterior, Cofepris recomienda a clínicas de belleza y otros establecimientos donde se comercializa este dispositivo, que antes de adquirirlo verifiquen que el distribuidor esté autorizado y validado por el fabricante.

“Además, el distribuidor debe contar con licencia sanitaria y aviso de funcionamiento expedidos por Cofepris, y demostrar la legalidad de la adquisición del producto”.

La comercialización del producto falsificado, a través de redes sociales y sitios de internet, así como su distribución mediante servicios de paquetería nacionales e internacionales incumplen lo establecido en la Ley General de Salud, por lo que esta autoridad impondrá sanciones que pueden incluir multas y clausuras temporales o definitivas.

“Asimismo, antes de utilizar Restylane Kysse (gel con lidocaína), se deberá verificar que los números de lote en la caja y el empaque de la jeringa no coincidan con los aquí mencionados” detalló la comisión reguladora.

Para concluir, Cofepris indicó que en caso de existir cualquier problema de calidad o incidente adverso relacionado con el uso Restylane Kysse u otros dispositivos médicos, se invita a reportarlo en el Sistema en línea de notificación de incidentes adversos de dispositivos médico. “Esto contribuye a mantener la calidad, seguridad y eficacia de los productos”.

https://twitter.com/COFEPRIS/status/1780727361631121675

TE RECOMENDAMOS LEER: https://vanguardiaveracruz.com/peso-pluma-rompe-record-guinness/

ZMOM

Atención Ciudadana

Por este medio de contacto directo podrás realizar reportes o sugerencias.
Por Whatsapp: Whatsapp
Correo: [email protected]

Sigue nuestras redes

Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Telegram
Continuar Leyendo

Tendencia