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Arremete AMLO contra Lorenzo Córdova por su “turismo político” en EE. UU.

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Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Durante su conferencia de prensa, el Presidente Andrés Manuel López Obrador se lanzó en contra de Lorenzo Córdova y su “turismo político derechoso”.

El mandatario federal explicó que el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE) realizó una gira por Estados Unidos, algo “muy acorde a lo que él (Córdova) representa”, indicó.

“Es muy acorde con lo que él representa, lo que significa: un representante de la oligarquía de México, un personaje antidemocrático, de la élite política del país, entonces no es ninguna novedad que se reúna con Almagro (secretario general de la OEA), son iguales, como con otros internacionalistas que están en Washington o con los que están en el Departamento de Estado, dedicados a apoyar a los movimientos de derecha de América Latina y el mundo, no es ninguna novedad, es normal”, aseveró López Obrador.

Asimismo, acusó que el funcionario del INE pudo haber realizado el viaje con dinero de los mexicanos.

“Que le cueste al pueblo, pues, que del presupuesto se le pague para ir a conspirar en contra del pueblo de México, pero vivimos en un país libre y hay tolerancia”, destacó.

Cabe mencionar que Córdova Vianello realizó un tour por Estados Unidos donde se reunió con varios funcionarios, entre ellos el subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental, Brian Nichols y el jefe de la División de Asistencia Electoral de Naciones Unidas (ONU), Craig Jenness.

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EJR

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Senado aprueba la Ley de Amnistía; otorga al Presidente la facultad de conceder indultos

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Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- La noche de este miércoles 17 de abril, en sesión ordinaria en el Senado de la República fue aprobada la Ley de Amnistía que le concede al Presidente la facultad de indultar a quienes aporten elementos para conocer la verdad en casos criminales relevantes para México.

Dicho dictamen fue avalado en lo general y lo particular con 67 votos a favor y 32 en contra, esto pese a que la oposición había pedido que se cancelara su discusión al acusar que no tuvo mayoría afirmativa en comisiones.

Cabe mencionar que, durante la discusión de la reforma, el senador Germán Martínez pidió que se diera a conocer en video que en la sesión de la Comisión de Justicia en la que se analizó el dictamen no se logró la mayoría en la votación, por lo que no se debía discutir en el pleno.

“Ya se han usado estas pantallas para que se exhiba la votación y no haya la menor duda en esta en la que quieren perdonar criminales, que quede claro que en esta votación el trámite debe ser absolutamente limpio, sin trampa. Si van a perdonar gente, perdónenla con el trámite correcto. Quiero saber, por favor, las votaciones en cada una de las comisiones”, dijo.

En esta vertiente el senador Julen Rementería del Puerto, del PAN, pidió que se sometiera el dictamen a votación para moción suspensiva, la cual fue rechazada por los morenistas.

En respuesta, el senador Martínez dijo que el dictamen propone darle el indulto a personas que han delinquido en secuestro, violación y uso de armas de fuego en uso exclusivo del Ejército.

La ley promovida por el senador Ricardo Monreal también apunta que una vez otorgada la amnistía se extinguirán las acciones penales y las sanciones impuestas contra la persona indultada.

https://twitter.com/senadomexicano/status/1780815480229400896

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Ordenan a SRE no desconocer actas de nacimiento extemporáneas

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Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) está obligada a no desconocer las actas de nacimiento de personas que se registraron tres años, o más, después de su nacimiento, y a no exigir documentos adicionales de identidad para tramitar su pasaporte, esto después de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitiera un amparo.

Este proyecto, presentado por el ministro Javier Laynez Potisek, fue aprobado con tres votos a favor y uno en contra, e invalida los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de Pasaportes y Documentos de Identidad y Viaje relacionados con las actas de nacimiento extemporáneas.

Cabe mencionar que el caso que desencadenó esta resolución se remonta al nacimiento de una persona el 26 de agosto de 1950, pero cuyo registro en el Registro Civil de Allende, Guanajuato, tuvo lugar el 9 de mayo de 2008 con la ayuda de un tercero.

Lo anterior resultó en la omisión de los nombres de los padres biológicos en el documento, sin embargo, al intentar tramitar su pasaporte la persona se encontró con la negativa de la SRE debido a la extemporaneidad de su acta de nacimiento y la ausencia de los nombres de sus progenitores.

Ante ello, se le solicitó una serie de documentos adicionales, como una copia certificada del acta de matrimonio de sus padres y del acta de nacimiento de su hermano mayor, lo que llevó a interponer un amparo que finalmente llegó a la SCJN.

En la resolución emitida se establece que presentar un acta de nacimiento extemporánea no constituye una irregularidad equiparable a problemas documentales. Incluso se considera injusto perjudicar a toda una población cuyos registros de nacimiento se llevaron a cabo de manera tardía, basándose únicamente en la posibilidad de casos aislados de irregularidad.

Por lo anterior la SRE ha sido instruida a reconocer las características del acta de nacimiento conforme a lo establecido en la Ley de Nacionalidad. Recordemos que este documento es fundamental para probar la nacionalidad mexicana de una persona. Por lo que imponer requisitos adicionales para demostrar su identidad a raíz de un registro tardío se considera inconstitucional.

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Magistrados avalan la candidatura de Ricardo Anaya al Senado de la República

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Ciudad de México.- (Vanguardia de Veracruz).- Este miércoles, el Tribunal Electoral dio el aval para la candidatura de Ricardo Anaya al Senado de la República, por lo que el excandidato presidencial podrá aparecer en el tercer lugar de la lista plurinominal del PAN.

Cabe mencionar que fue el partido Morena el que impugnó la candidatura del político, esto al considerar que era “prófugo de la justicia y materialmente no podría asumir el cargo para el que fue postulado”.

No obstante, en sesión pública presencial, la Sala Superior determinó que no se acreditó la existencia de una orden de aprehensión girada en contra de Anaya, quien perdió con López Obrador en las elecciones de 2018.

Asimismo, también se indicó que el candidato no se encuentre sustraído de la acción de la justicia, por tanto, el pleno consideró que Ricardo Anaya Cortés no se encuentra suspendido en el ejercicio de sus derechos políticos, en términos del artículo 38, fracción V, de la Constitución federal, motivo por el cual se confirmó el registro de su candidatura.

En consecuencia, se confirmó el acuerdo en lo que fue materia de impugnación (SUP-RAP-108/2024).

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